jueves, 24 de marzo de 2016

POR QUÉ ES MEJOR LA ELECCIÓN DEMOCRÁTICA DEL DIRECTOR

POR QUÉ ES MEJOR LA ELECCIÓN DEMOCRÁTICA DEL DIRECTOR

1. Introducción

En artículos anteriores hemos diferenciado las leyes españolas de Educación en relación con la elección de directores en dos grupos: leyes de elección y leyes de selección (Cf. Sobre la LOMCE (3), 11 de marzo de 2015). Y me he posicionado a favor de la elección, como procedimiento más acorde con la escuela de una sociedad democrática, como lo es la sociedad española a partir de la Constitución de 1978, que dice en su artículo 1 que «España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político». En el artículo 27, dedicado a la educación, se lee en el punto 2: «La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales». Más adelante, en el punto 7, se dice: «Los profesores, los padres y, en su caso, los alumnos intervendrán en el control y gestión de todos los centros sostenidos por la Administración con fondos públicos, en los términos que la ley establezca».
Cómo entender lo democrático en la escuela es, cuando menos, discutible. Habría que empezar por aclarar qué se entiende por democracia.
La democracia es uno de los procesos posibles para decidir asuntos que afectan a la colectividad. Entre esos asuntos, están la elección de puestos de responsabilidad y las decisiones sobre programas o acciones concretas. La democracia tiene un componente aritmético indiscutible: básicamente, dado un determinado cuerpo de votantes, gana la opción que más votos consiga (una persona, un voto).
A lo largo del tiempo, la democracia ha ido acumulando una serie de valores que hacen de ella un sistema deseable para la inmensa mayoría: igualdad, justicia, libertad, honestidad, transparencia, etc. Como se le suelen poner unas cotas éticas tan altas, fácilmente la democracia decepciona. Porque la democracia no es una garantía infalible de que se adopten las mejores decisiones, ni de eficacia en la solución de los problemas, ni de que los representantes electos sean los más adecuados en todo momento. Precisamente gracias a la transparencia que acompaña a los sistemas democráticos, salen a la luz escándalos y acciones reprobables que merman su prestigio. Pero esa transparencia exige la mayoría de edad de los ciudadanos que, con espíritu crítico, han de valorar cada situación y tal vez reforzar su convicción en el sistema que, a pesar de sus deficiencias, sigue siendo el más adecuado para quienes creen en la igualdad de todos los seres humanos.
Cómo se pone en funcionamiento el sistema es harina de otro costal. Las democracias representativas ofrecen procedimientos para la elección de las autoridades y para la toma de decisiones que se acercan más o menos a nuestra imagen ideal de democracia: una asamblea de hombres y mujeres libres que directamente, mediante el debate y el voto, deciden todo cuanto les afecta como grupo social.

2. Algunos pormenores de nuestra escuela democrática

En la escuela educamos ciudadanos democráticos, con independencia de la titularidad del centro educativo —público, privado concertado o privado sin subvención—, y les educamos, como se indica más arriba, «en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales» (Art. 27 de nuestra Constitución). Somos una sociedad democrática y en la escuela la cultura se transmite en un marco democrático, que también forma parte del currículo educativo.
A diferencia de los niveles educativos no obligatorios, como son la formación profesional o la universidad, donde el sujeto acude por propia voluntad, los niveles de la enseñanza básica —Educación Primaria y ESO— son obligatorios y la comunidad educativa está formada por la comunidad escolar, la familia y otras instituciones sociales. En la enseñanza básica es donde formamos al ciudadano, niño o joven ciudadano, que tiene derecho a la educación con independencia de su grupo social de referencia, un derecho fundamental del que nadie puede ser privado.
Aunque la escuela es una institución cultural democrática, el funcionamiento de las clases o aulas no lo es en sentido estricto: la pauta la marca el maestro, que es el responsable último de asegurar el derecho a la educación y que, por encima de las variopintas apetencias y opiniones de sus alumnos, debe garantizar que ninguno de ellos vea lesionados sus derechos. Lo cual no implica un estilo de docencia autoritario o despótico, sino todo lo contrario, ha de estar guiado por las necesidades y características de los alumnos que, para desarrollar el juicio crítico, deben poder expresarse con libertad, dentro de los márgenes del respeto mutuo.
¿En qué ámbitos es pues posible la dinámica democrática del voto directo? Las leyes de Educación dedican una sección al funcionamiento orgánico de los centros, reconociendo dos órganos colegiados de gobierno, el Claustro, integrado por todos los docentes del centro, y el Consejo Escolar, donde también participan los padres y, en los niveles de la enseñanza secundaria, los alumnos. En el Consejo Escolar también tienen un representante los trabajadores no docentes y otro la administración local. Las decisiones de esos órganos colegiados se toman mediante el voto directo de sus componentes, que a su vez han sido elegidos por sus respectivos sectores. En la LODE y la LOPEGCE el Consejo Escolar tenía la competencia de elegir al director. A partir de la LOCE, una representación de los miembros del Consejo Escolar forma parte de la comisión mixta —Administración y Consejo Escolar— que selecciona al director.

3. Ventajas de la elección democrática del director

En las leyes de elección (LODE, LOPEGCE), no podía ser candidato a director el primero que pasaba por allí. Se exigía al candidato la pertenencia al claustro del colegio, un número mínimo de años de docencia y, a partir de la LOPEGCE, una acreditación previa de la Administración. En la votación del Consejo Escolar, se precisaba la mayoría absoluta, una minoría simple no era suficiente. En caso de no alcanzarse la mayoría absoluta, la Administración nombraba de oficio al director. A los cuatro años, volvía a haber nuevas elecciones en todos los supuestos, como sucede en las elecciones generales, autonómicas o municipales.
Es importante señalar que el posible corporativismo del Claustro quedaba corregido en el Consejo Escolar por la presencia de padres y madres y de alumnos (Enseñanza Secundaria). Un candidato que fuera elegido podía presentarse de nuevo durante dos elecciones más, es decir, podría ser director electo durante doce años consecutivos. A los doce años, no podía presentarse a un nuevo mandato, debía esperar un intermedio de cuatro años para hacerlo. ¡Doce años son muchos años en la vida de una persona y de un colegio!
Hemos conocido directores de todo pelaje y que han llegado a la dirección por los tres caminos posibles en nuestra historia democrática: elección, selección y nombramiento directo de la Administración. En cualquier caso, desde mi experiencia, en la evolución de las leyes educativas en pos de una mengua de la democracia interna de los centros educativos, no se ha mejorado el ejercicio de la función directiva.
Con las leyes en vigor, la renovación en el cargo es prácticamente automática hasta un máximo de doce años, cuando vuelve a haber a la fuerza un nuevo proceso de selección. Hay que cometer una tropelía muy escandalosa para no conseguir la evaluación positiva de la Inspección al acabar cada curso escolar, que es el único requisito para la renovación. Si con las leyes anteriores a la LOCE la presentación de un proyecto era exigible cada cuatro años, ahora puede ser cada doce. ¡Y doce años son muchos años en la vida de una persona y de un colegio!, repito.
La elección tiene varias ventajas. En primer lugar, es la comunidad educativa, representada en el Consejo Escolar, la que elige al candidato que considera mejor: estudia sus proyectos, oye sus propuestas, lo conoce personalmente en el ejercicio de su profesión. ¿Puede equivocarse el Consejo Escolar? Por supuesto que sí, pero ¿es que no se equivocan los que seleccionan? La democracia no se libra del riesgo de equivocarse, lo cual forma parte de cualquier decisión en la vida.
En segundo lugar, el órgano que elige al director, el Consejo Escolar, tiene la obligación de pedirle explicaciones y de exigirle una gestión democrática a lo largo de su mandato. Para este control tiene mayor fuerza moral que cuando participa en la selección, pues ha tenido toda la responsabilidad de la elección y no puede excusarse alegando que su voto sólo ha supuesto un porcentaje del proceso selectivo. El Consejo Escolar, por lo tanto, es responsable directo también de la marcha del centro educativo —siempre lo es, quede claro—, pues debe velar por el cumplimiento del programa que en su día aprobó. Si no lo hace, es su responsabilidad y el cuerpo de electores de cada sector (profesores, padres y alumnos) podrá votar a otros representantes en las siguientes elecciones. La democracia no es una fórmula cómoda, exige de todos la participación, el juicio crítico, la inversión de tiempo y esfuerzo y la asunción de responsabilidades. El compromiso no termina en el momento de depositar la papeleta.
En tercer lugar, con la elección se acortan los periodos de mandato del director. Si en cuatro años no lo ha hecho bien a juicio de los consejeros, no renovará su cargo. Si quiere continuar, a los cuatro años debe volver a presentar un nuevo proyecto, dando cuenta cabal de sus planes. En el caso de la selección, el director no está obligado a presentar sus planes hasta pasados doce años y, si no convence a la comunidad escolar, siempre puede contar con el apoyo de la Inspección y de la Administración para continuar en el cargo. A los cuatro u ocho años, cualquier proyecto ha quedado obsoleto por la propia dinámica de la escuela y de la sociedad. ¿Tiene sentido renovar a un sujeto en el puesto de dirección sin que tenga que dar nuevas explicaciones al menos cada cuatro años a los órganos colegiados del centro escolar?
Reitero que hemos conocido directores de toda laya en ambos sistemas, pero, en el caso de dar con un mal director, es más fácil reemplazarlo con el sistema de elección. Y un mal director puede hacer mucho daño a la institución escolar, que tiene pocos recursos reales para sustituirlo cuando ha accedido al cargo mediante selección.

4. Perfil deseable del director y conclusión

La tendencia que se intuye es restituir el cuerpo de directores anterior a la LOECE (1980). De facto, con el sistema de selección, se está consiguiendo en gran medida. Hay, por parte de los políticos y la alta Administración, miedo a la democracia, a no controlar a los gestores de las diferentes instituciones públicas. En mi opinión, se considera equivocadamente que el modelo de gestión privada es el mejor: el jefe debe tener las manos libres para hacer y deshacer, como si un colegio fuera un centro comercial o una explotación ganadera. Sin embargo, la educación es un asunto complejo y delicado, que requiere en la escuela pública unas estrategias de gestión unipersonales y colegiadas con competencias claras y con controles democráticos eficaces dentro de la propia institución y fuera de ella, a través, por ejemplo, de una inspección educativa seria.
Si definiéramos al director o directora ideal, se nos ocurriría al menos un decálogo de cualidades y conocimientos técnicos exigibles que, quien los reuniera, pasaría a la historia de la pedagogía como un héroe homérico. Pediríamos sin duda que fuera un experto en educación. Pero ¿qué es un experto en educación? Si cualquier médico es un experto en medicina —no podría ser médico sin serlo—, ¿no es experto en educación cualquier maestro con unos años de experiencia? Si no es así, ¿qué está fallando en nuestra formación?
Intento ser realista y no pedir peras al olmo. Los cursos que da la Administración sobre legislación y gestión educativa a los que acceden a la dirección pienso que son suficientes. Un colegio es una institución sencilla, no es la General Motors o la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Un director es un maestro que gestiona un colegio, no una empresa o un banco crediticio.
Además pediría al director o directora un compromiso personal con la escuela pública, y que ejercer ese cargo no sea una huida del aula. Alguien que no sabe llevar una clase y que no ama este oficio difícilmente puede dirigir un colegio. Y le pediría un claro sentido de la justicia, por encima de las relaciones o amistades personales: no todo el mundo tiene razón y, consecuentemente, no hay que dársela al primero que llegue para mantener la paz en el colectivo de profesores, padres y alumnos. Un mínimo de habilidades sociales es imprescindible, si no, cualquier escollo de los muchos que surgen en una dirección puede convertirse en una montaña infranqueable. La autoridad hay que ganársela con “profesionalidad” y constancia. Y le pediría una visión de futuro: hay que resolver lo inmediato, pero hay mejoras que requieren plazos amplios y perseverancia en el tiempo. Junto a todo esto, el director o directora no debe dormirse en los laureles y ha de tener como una de sus primeras obligaciones el estudio y la actualización formativa. ¿Alguien da más?
En conclusión, todos tenemos en nuestra mente una sociedad ideal y una escuela ideal. Son nuestras propias utopías, cuya función principal es orientar nuestra acción. Es imposible cumplirlas plenamente. Estas ideas forman parte, por supuesto, de la ideología de cada uno. En mi utopía personal, sin levantar los pies del suelo, considero que la elección de director es mucho mejor y se adapta mejor a lo que entiendo por escuela pública y democrática que los actuales procesos de selección.
No obstante, tenemos que sobrevivir en el mundo que nos ha tocado y, por encima de leyes y reglamentos, están las personas concretas que desempeñan las diferentes funciones de un colegio. Podemos ejercer una dirección democrática y eficaz a pesar de las leyes que nos vienen impuestas, ¿quién nos lo impide?

Carlos Cuadrado Gómez