lunes, 23 de marzo de 2015

SOBRE LA LOMCE (3) COMENTARIO

Un lector del blog (maestro en activo en un colegio público de Madrid-Capital) ha realizado el siguiente comentario tras la lectura de la entrada El gobierno de los centros. La función directiva (1).
En primer lugar, le expreso mi agradecimiento por su comentario y por la sinceridad de sus palabras, que comparto cien por cien. En segundo lugar, me ha parecido tan interesante y tan clarificador de la situación que vivimos en la escuela pública que he considerado útil publicar el comentario tal cual. Compartirlo con todos los lectores del blog me parece una obligación y, en cierta forma, mitiga el posible aire de corporativismo que pueda desprenderse de mi entrada, como alguna lectora ya me ha comentado. En tercer lugar, este comentario favorece el debate a “calzón quitado” y, ojalá, provoque, cuando menos, alguna conversación en el café del recreo o al final de alguna reunión de ciclo.

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Nada que objetar

Nada que objetar. Estoy totalmente de acuerdo con tus comentarios y críticas. Poco podemos hacer para que los políticos cambien, pues, como bien dices, me temo que gane quien gane esto va a cambiar poco. Me gustaría equivocarme.
 La alternativa, esto es, que la vida en los centros educativos fuera una apuesta ética, con el telón de la democracia de fondo y el compromiso como principio, me temo que queda lejos de nuestra realidad. La situación acomodaticia del profesorado y que nos dejen tranquilos dominan la atmósfera de la vida académica, y, lo que es peor, esto no tiene visos de cambiar.
¿Podría haber buenos directores con estas leyes? Sin duda sí, y seguro que los hay. ¿De qué depende, entonces, que los haya o no? Desde luego, la Administración no sólo no lo favorece, sino que ni siquiera le interesa la cuestión. Sus intereses son otros. Para empezar, por mucho que diga la ley y determine un procedimiento, nada ni nadie puede impedir que un claustro debata sobre el perfil que debería tener el director de “ese centro”; nada ni nadie puede impedir que se llegue a consensos y que se proponga un candidato, el candidato de verdad del centro. Si esta dinámica no se da en los centros, es porque nuestra dinámica democrática no es lo suficientemente sólida: nada ni nadie puede impedir que aquel candidato que se considere a sí mismo idóneo para ser director presente al claustro su plan, su proyecto, y solicite la aprobación del claustro. Lo tendría que hacer extraoficialmente, claro. A estos extremos tenemos que llegar: Lo que debería ser normal no nos queda otra que hacerlo extraordinario.
Me gustaría saber cuántos candidatos a directores se presentan ante sus claustros para recibir el visto bueno.
Contra todo esto, está el procedimiento “habitual”: presentar directamente el proyecto ante la Administración y, a toro pasado, informar al claustro, y, si acaso, facilitar el proyecto que ya ha sido aprobado por la Administración, sin posibilidad de que se haga ningún comentario. ¡No deja de ser “su” proyecto, el proyecto del candidato! Si el candidato supera el proceso de selección, el centro pasará  a ser “su” centro y nosotros seremos “sus” maestros. Esto es exactamente el retrato de mi colegio, mejor dicho, ya no mío, sino de “su” colegio. Se ha secuestrado la voluntad del claustro.
Me pregunto: ¿Alguien, sea la Administración, sea el candidato a director que decide puentear al claustro, que viola intencionadamente los principios más elementales de la democracia puede creer en el valor de la educación en su sentido más amplio? Mi respuesta es que no. Es triste decir que de la educación nos servimos, pero no la servimos cuando esto sucede.
Ante esta situación, lo normal es que los maestros miremos para otro lado, cumplamos con lo estrictamente necesario, pero no nos impliquemos en impulsar dinámicas pedagógicas renovadoras, y nos refugiemos en nuestra aula, sin querer saber nada de lo que pasa un milímetro más allá.
¿Qué director, a la hora de presentar su proyecto, se pregunta qué puedo aportar yo al colegio, a la comunidad educativa? Imaginen la respuesta. Por el contrario, yo sí veo claro lo que la institución le aporta al director: salir del aula y cobrar un buen plus (unos mil euros al mes entre la dirección y el comedor), además de un amplio horario para tener “reuniones” supuestamente con otros directores, con ausencias del colegio “justificadas” y sin ningún tipo de control. Los directores pueden quedar para comer y no volver por la tarde al centro. ¿Qué sabe nadie?
Un criterio de evaluación del director podría ser: ¿Qué pasaría si un día el director no fuera al colegio? Sin embargo, ¿qué pasaría si un día un maestro no fuera al colegio?
El director sabe que sólo le evalúa la inspección y lo hace en base a unos papeles donde él puede poner lo que le dé la gana, y todos tan contentos. La dirección es una correa de transmisión de mentiras, a sabiendas por parte de todo el mundo de que lo son.
El método, en la concertada, será similar —yo soy maestro de la escuela pública—, pero dudo de que se llegue a los extremos del “todo vale”: el deterioro de la imagen del centro sería fulminante, y ahí sí se juegan la alubia. Nosotros, por el contrario, no nos jugamos nuestra alubia, pero sí la alubia de nuestros alumnos, es decir, su futuro
Insisto en que habrá directores comprometidos, pero se ha abierto la puerta exageradamente a quienes quieran aprovechar la situación para hacer de su capa un sayo.
¿Quién gana con todo esto? Es duro pensar que con todo esto pueda ganar alguien, pero sí, ganan los políticos que “malgestionan” nuestra maltrecha educación: ahora no tienen problemas de candidatos para ser directores, y estos candidatos saben que el único precio a pagar es hacer de cortafuegos, para que las llamas no les lleguen a los de arriba. A cambio de eso, son los dueños del corral, mejor pagados y menos trabajados. Pido perdón, una vez más, a aquellos directores que se dejan la piel en su trabajo, que los hay.
Nada de extraño hay en todo esto que no se corresponda con los niveles de deterioro social e institucional que estamos viviendo. A fin de cuentas, la escuela es una parte más de la sociedad, ¿por qué habría de ser diferente? ¿Por qué los niveles de deterioro ético que se dan en la sociedad no habrían de darse en la escuela? La escuela hace tiempo que dejó de ser motor de cambio social (si es que alguna vez lo fue). Hoy son más motor las redes sociales, Internet, la televisión. Hemos sido centrifugados a la periferia, y los que tienen la escuela como “modus vivendi” así lo prefieren, pasan más desapercibidos y eso les permite diluir su responsabilidad. A fin de cuentas, el que quiera formarse que vaya a una academia y luego se pague un máster: la escuela es otra cosa, amigo. ¿Entonces, qué es la escuela? A estas alturas no lo sé. Lo que pensaba de ella yo, ignorante de mí, estaba equivocado.

miércoles, 11 de marzo de 2015

SOBRE LA LOMCE (3)

El gobierno de los centros. La función directiva (1)

Introducción

En esta entrada del blog trataremos del proceso mediante el cual alguien accede al ejercicio de la función de director.
De la LOCE (1980) a la LOMCE (2013), las leyes de educación que se han ido sucediendo se han ocupado de la cuestión, con excepción de la LOGSE (1995), que únicamente legislaba sobre la estructura del sistema educativo.
Las leyes que tratan del procedimiento mediante el cual se accede a la dirección de un centro educativo público se dividen en dos grupos:
a) Las que aprueban un sistema de elección democrática del director por parte del Consejo Escolar de los centros educativos: LODE (1985) y LOPEGCE (1995).
b) Las que aprueban un sistema de selección del director por parte de una comisión mixta, formada por la Administración y por representantes de los órganos colegiados de gobierno de los centros: LOECE (1980), LOCE (2002), LOE (2006) y LOMCE (2013).
En la historia de la actual democracia española, hay un periodo de diecisiete años en los que se ha podido elegir democráticamente a los directores de los centros públicos: de la LODE (1985) a la LOCE (2002). Ese periodo ha coincidido con el gobierno del PSOE, siendo presidente Felipe González. Con la llegada del PP al gobierno de la mano de José María Aznar, se vuelve al sistema de selección de la LOECE, ley que se aprobó en su día con un gobierno de la UCD, presidido por Adolfo Suárez. Cuatro años después, José Luis Rodríguez Zapatero aprueba, cómo no, su propia ley de educación, la LOE, pero deja prácticamente intactos los artículos relativos a la selección de director, no recupera el sistema democrático de elección de directores y consolida la regresión que se produjo con la LOCE. La actual LOMCE, la ley de educación de Mariano Rajoy y José Ignacio Wert (PP), mantiene el procedimiento de selección de las leyes que la preceden con algunos retoques.
Este resumen necesita una explicación más extensa.

Las leyes de la elección: LODE y LOPEGCE

Por primera vez desde la promulgación de la Constitución de 1978, gracias a la aprobación de la LODE (1985), los centros educativos públicos pudieron elegir a sus directores mediante los Consejos Escolares, cuyos componentes también eran elegidos democráticamente en los diferentes sectores de la comunidad escolar (profesores, padres y alumnos). Era ministro de Educación José María Maraval (PSOE).
Los requisitos que marcaba la LODE para ser candidato o candidata a la dirección eran: ser profesor del centro al que se optaba a la dirección, al menos durante un curso escolar, y haber ejercido un mínimo de  tres años de docencia. Ha sido la ley, como iremos viendo, que menos condiciones previas ha exigido a los candidatos.
Se precisaba la mayoría absoluta en la votación del Consejo Escolar del centro. Y el nombramiento de director era por tres años.
Los casos excepcionales de provisión de directores, en el supuesto de no haber candidatos o de que nadie ganara la votación y en los centros de nueva creación, los resolvía la Administración nombrando directamente al director por un solo curso académico.
Diez años más tarde, en 1995, siendo ministro de Educación Gustavo Suárez Pertierra, que fue ministro de Defensa cuando dejó la cartera de Educación (con anterioridad a ocupar esta cartera había ejercido diversos cargos en Defensa, entre otros, el de Subsecretario), la LOPEGCE se ocupó específicamente del gobierno de los centros educativos.
Esta ley causó cierto revuelo entre los maestros porque, entre los requisitos del candidato, apareció el de la acreditación. Era condición sine qua non que la Administración firmase una acreditación que permitiera presentarse a la elección para director en el propio colegio. Esto suponía, en definitiva, que a director sólo podía presentarse quien quisiera la Administración (inspectores y allegados, para entendernos). Este fue un primer ataque a la dinámica democrática de los centros docentes. En ningún momento este requisito supuso una mejora en el desarrollo de la función directiva, iba encaminado al control “desde arriba” de los directores y de los colegios.
Como requisito, la LOPEGCE aumentó el periodo de desempeño docente a cinco años y exigió que se tuviera un destino definitivo. Creo que corrigió la inestabilidad que suponían los nombramientos excepcionales por un año al aumentar el periodo a cuatro años. Se incrementaba en uno los tres de la LODE, pero para todos los supuestos: directores electos y directores designados excepcionalmente en caso de no haber candidaturas o de no conseguir ninguna la mayoría absoluta. Los directores de centros de nueva creación lo eran por tres años. Creo que esta medida tenía su lógica: si ustedes (en un colegio) no son capaces de ponerse de acuerdo, de presentar un candidato, nombraremos por cuatro años y evitaremos un problema año a año.
 Se precisaba mayoría absoluta en la votación del Consejo Escolar, pero, si había más de una candidatura y ninguna había conseguido la mayoría absoluta, se permitía una segunda vuelta para votar a la candidatura más votada en la primera votación. Por otro lado, se limitaban a tres los periodos de presentación de candidaturas, de modo que, después de doce años consecutivos en la dirección, no podía haber una cuarta presentación.
En la realidad, muchos directores lo eran por designación (el mecanismo excepcional), porque nadie quería pasar por el proceso de acreditación y de elección. Para acreditarse era preciso hacer un curso de setenta horas como mínimo y la evaluación positiva de la labor docente, para lo cual se podía incluso recibir la visita de la inspección en el aula durante el desarrollo de las clases. Finalmente, la inspección no se complicaba mucho la vida y nombraba normalmente a quienes habían sido ya directores.
En cualquier caso, con ambas leyes, el director era alguien elegido por el Consejo Escolar, donde debía rendir cuentas. Esa era su fuerza y su coraza frente a las arbitrariedades de la Administración, que no podía cesarle sin una causa cercana al delito. No he conocido directamente ningún caso de cese de un director. Y, en caso de directores ineficaces (no quiero emplear otros adjetivos), siempre cabía la posibilidad entre el profesorado de presentar una alternativa y quitarlos del cargo mediante un proceso democrático al acabar su mandato.

Las leyes de la selección: LOECE, LOCE, LOE y LOMCE

La LOECE (1980) es la primera ley educativa nacida al amparo de la Constitución de 1978. Algunos artículos de esta ley fueron declarados inconstitucionales por el Tribunal Constitucional y, por lo tanto, retirados. Pero en lo que nos afecta, estuvo vigente cinco años, hasta la aprobación de la LODE (1985).
La LOECE establecía un sistema de selección para la provisión de directores. Una comisión de ámbito provincial era la encargada de llevar a cabo el proceso. Recordemos que en 1980 las comunidades autónomas no tenían competencias en materia de educación y que el Ministerio de Educación (MEC) tenía en cada provincia una Delegación Provincial, algo similar a las Direcciones de Área que funcionan en Madrid y, supongo, en otras comunidades autónomas. La comisión estaba compuesta por el director provincial, el secretario de la delegación provincial, un inspector y dos representantes del Consejo de Dirección del colegio en cuestión elegidos por sorteo. El Consejo de Dirección era el órgano colegiado de los colegios que, grosso modo, hacía las veces de los Consejos Escolares creados a partir de la LODE. También había una Junta Económica y, por supuesto, el Claustro.
El único requisito de los candidatos era ser funcionario del cuerpo docente correspondiente y ser profesor del centro durante, al menos, un curso escolar.
El periodo de mandado era de tres años, prorrogable dos veces (un máximo de nueve años), previo informe positivo de la inspección y, atención, oído el Consejo de Dirección del colegio. A partir de la LOCE (2002), nadie oye a nadie.
Los nombramientos excepcionales eran por un año.
La LOECE termina con el cuerpo de directores que se había establecido en el régimen político anterior y, aunque tímidamente, crea un ambiente propicio a la democratización que llega con la LODE.
La aprobación de la LOCE (2002), veintidós años después, es un retroceso al sistema de selección, un retroceso grave en mi opinión. Es una ley mucho más restrictiva que la LOECE, que parece ser su fuente de inspiración. ¿Se añora el cuerpo de directores del régimen anterior? No se crea mediante una ley, pero de facto se tiende a él.
La selección se hace mediante una comisión en la que la Administración puede tener hasta el 70% de los componentes. Del 30% de componentes del centro educativo, al menos el 50% ha de ser del Claustro, que los elige, menos mal.
El candidato a la dirección no tiene por qué pertenecer al claustro del centro educativo. Ser de la casa no aporta ninguna ventaja. Se mantienen los cinco años de funcionario y de ejercicio docente como requisitos.
El mandato es por tres años, y los nombramientos excepcionales también son por tres años. El nombramiento de director seleccionado puede renovarse (no sé cuántas veces), previa evaluación positiva de la Administración. No se pide opinión a los órganos colegiados del centro: el Consejo Escolar y el Claustro de profesores.
Cuatro años después, se aprueba la LOE (2006). Esperábamos que el PSOE fuera fiel a sus anteriores leyes educativas y restaurara el sistema democrático de elección de directores. Pero nos quedamos con las ganas. Mantuvo lo legislado por la LOCE tal cual, con pequeños retoques.
Se incluye el requisito de tener que presentar un proyecto de dirección. En la comisión de selección al menos un tercio de los componentes es del Claustro y otro tercio es del Consejo Escolar (eligen a sus representantes). Tienen preferencia los candidatos que sean profesores del centro: si no hay candidatos o ninguno consigue ser seleccionado, pueden optar a la dirección los de fuera. Volvemos a los nombramientos por cuatro años, tanto para los que acceden a la dirección por selección como para los nombramientos excepcionales. El cargo se puede renovar por dos periodos, o sea, durante doce años, al menos en la Comunidad de Madrid, previa evaluación positiva de la Administración (esto es, un informe positivo de la Inspección). Una vez conseguida la selección para ser director, hay que superar un programa de formación y de prácticas para consolidar el nombramiento.
Por fin, llegamos a la LOMCE (2013), la ley Wert del PP. Por supuesto, mantiene el sistema de selección de la LOCE y de la LOE. Y hace sus propios retoques, en la línea de aumentar control de la Administración. Recupera la acreditación previa de la Administración para ser candidato (Cf. LOPEGCE), y vuelve a los porcentajes de la LOCE para la composición de la comisión de selección. Todos los mandatos son por cuatro años, renovables previa evaluación positiva de la Administración. Dejan de tener prioridad los candidatos del centro y se mantiene la fase de curso y prácticas posterior a la selección.
Y aquí estamos.

Comentario final

Mi postura es a favor de un sistema de elección democrática.
Eso de que todo el mundo es bueno es una falacia, como decir que todo el mundo es malo y que hay que desconfiar hasta de la propia madre. Pero las leyes deben hacerse partiendo de que tiene que haber vías de escape y de solución rápida cuando las cosas se tuercen. Con las leyes que apoyan la selección, es casi imposible quitar a un director que funcione mal, porque, seamos realistas, es muy difícil que reciba una evaluación negativa de la Inspección. A poco que vaya cumpliendo los plazos de sus tareas y tenga al día los papeles, la cosa para él va bien. Y, como este mundo es de los caraduras, si tiene caradura y todo le da igual, acaba siendo invulnerable. Hay gente buena en todos lados y en los equipos directivos también, pero esto no resta un ápice de razón a lo que acabo de decir.
La función directiva es ciertamente compleja: los directores de los centros públicos, si se lo toman en serio, se complican la vida y tienen más quebraderos de cabeza que si fueran maestros de a pie. Las leyes educativas posteriores a la LOCE han tendido a un mayor control de la Administración y la “profesionalización” de los directores. Pero la realidad nos muestra que los colegios no funcionan mejor a partir de la LOCE. Los directores han perdido la fuerza que les daba el hecho de ser elegidos y, en muchos casos, el saberse intocables ha sido perjudicial y ha favorecido la arbitrariedad del funcionamiento general de los colegios y de la toma de decisiones. Si quieren continuar en el cargo, deben seguir en líneas generales los dictados de la Administración, que les llegan a través de los inspectores. En cierta forma, en muchos casos son simples correas de transmisión de las decisiones de los políticos de turno. Dependen más de la Administración que de los órganos colegiados de sus centros educativos, ergo arriman el ascua a la sardina de la Administración.
Mucha culpa de esta situación hay que atribuirla a la comodidad del profesorado, a la falta de compromiso con la democracia en los centros educativos, que se nota en la pasividad de los órganos colegiados y en tragar con ruedas de molino con tal de no meterse en líos. Este es el funcionamiento habitual de la sociedad española de principios del siglo XXI, no es exclusivo de la escuela pública. La democracia es una apuesta ética que no es cómoda ni da resultados palpables de modo inmediato, que depende del compromiso de los individuos. A la larga, posibilita la reversibilidad de determinadas decisiones de modo transparente y permite, si se quiere, que los procesos sean los correctos. Si no nos comprometemos en el día a día con la democracia en los colegios, ¿de qué nos quejamos cuando nos tratan antidemocráticamente? A pesar de las carencias democráticas de nuestras leyes educativas, me parece noble que se acceda a los cargos directivos para mejorar la escuela y no para huir del aula y vivir mejor. En cada momento de la historia, hay que jugar con las cartas que se tienen, y siempre se puede favorecer un funcionamiento democrático y transparente de la escuela en la vida diaria, por encima de las leyes. No da igual quién gobierne un colegio, y en los tiempos revueltos que corren es importante que la dirección la ocupe gente honesta y capaz.
La experiencia nos muestra que, cuando el equipo directivo es bueno, tiene muchos problemas con el profesorado, que le complica la vida innecesariamente; cuando el equipo directivo es malo —perdón por el maniqueísmo de esta afirmación—, la gente tiene miedo y aguanta carros y carretas. Pienso que el funcionamiento democrático favorece una escuela de calidad. Con todas las pegas y dificultades que, se quiera o no se quiera, aparecen en la vida diaria de un colegio —ninguna situación es paradisíaca ni perfecta—, es preferible un director electo a un director seleccionado.
En breve, habrá elecciones generales y posiblemente la LOMCE vea su fin. Mucho me temo que ningún partido se plantee volver a las elecciones a director en los centros educativos. Al fin y al cabo, todos piensan que con la selección nos tienen más controlados y que los “suyos” ocupan con más firmeza los sillones de dirección.
Sería muy interesante que dejarais vuestras opiniones en el blog. Este tema pide diálogo y debate.
En las siguientes entradas, abordaremos las funciones del director y su evolución a lo largo de las leyes de la democracia.

domingo, 31 de agosto de 2014

SOBRE LA LOMCE (2)

LA LEY WERT:
LA LOMCE 
(2)


El currículo

En el artículo 6, la LOMCE define el currículo como «la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza aprendizaje para cada una de las enseñanzas». ¿Qué se quiere decir con regulación? ¿No forman parte del currículo los elementos que se quieren regular? ¿Esos elementos (objetivos, contenidos, criterios de evaluación, etc.) qué son?
En anteriores leyes, como la LOCE (Art. 8) o la LOE (Art. 6), el currículo es el conjunto de los elementos que se regulan. En la definición de la LOMCE se da a entender que el currículo es únicamente la voluntad del regulador, que relaciona los elementos como considera mejor en su infinita sabiduría. Sería, si queremos ser más condescendientes, lo relacional de los elementos. Considero que esta visión es un error del legislador.
A continuación, en el mismo artículo 6, la LOMCE vuelve a definir el currículo, pero ahora enumerando sus elementos: Art.6.2.: «El currículo estará integrado por los siguientes elementos: objetivos; competencias o capacidades; contenidos; metodología didáctica; estándares y resultados de aprendizaje evaluables; criterios de evaluación». No creo que formen parte del currículo los resultados de aprendizaje evaluables. Los resultados de la evaluación pueden ayudarnos a rediseñar un currículo, pero nunca un resultado futuro, potencial e incierto, puede adelantarse en la confección de un currículo: el currículo se diseña con antelación a su puesta en práctica o implementación (el DRAE admite esta palabra), pero en el diseño no es lógico que se incluyan los resultados de su puesta en práctica.
Los contenidos, que son definidos como conjuntos de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes:
‒se ordenan en asignaturas;
‒las asignaturas se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos.
Será preciso leer los decretos que desarrollan el currículo para comprender esta organización de los contenidos. La clasificación de las asignaturas no me queda clara, pero puede deberse a mi espesura mental.
En el artículo 6.bis, a  la vez que se reserva a las Administraciones educativas la competencia de complementar los contenidos de asignaturas troncales y establecer los de las asignaturas específicas, se permite lo mismo a los centros docentes. ¿Puede darse algún tipo de conflicto de competencias? Si ocurre, será la Administración quien se lleve el gato al agua. Sinceramente no creo que sea necesario dar esta competencia a los centros. ¿Es que quedan cojos los contenidos o mal establecidos en la legislación al respecto? ¿Tanto hay que complementarlos o tanto hay que afinar su establecimiento? Creo que es un tiro al aire de la autonomía pedagógica de los centros públicos, simple apariencia.
También me parece simple apariencia la concesión de que los centros puedan «determinar la carga horaria correspondiente a las diferentes asignaturas», cuando unas líneas más arriba las Administraciones se reservan la competencia de fijar el horario máximo de las asignaturas troncales y el horario de las asignaturas específicas. No sé cómo se comerá esto. Pienso que simplemente nadie o muy pocos se plantearán hacer cambios de carga semanal horaria una vez que se determine en las circulares de comienzo de curso. A lo mejor, ahora dejan de tocar esta cuestión en las circulares, o dejan estrechos márgenes, los justos para crear discordias, no lo sé.

La Educación Primaria

Grosso modo, las principales diferencias entre la LOMCE y las anteriores leyes de Educación (LOGSE, LOCE, LOE) son:
Una. La asignatura de Conocimiento del Medio se desdobla en Ciencias de la Naturaleza y en Ciencias Sociales.
Dos. Se suprimen los ciclos. La unidad temporal es el curso, de manera que la promoción o no promoción ya no se decide en los cursos pares, sino en cualquiera de los seis años de la Primaria, si bienn sólo se puede “repetir” una vez, como en las anteriores leyes. Por otro lado, no sé cómo afectará esta decisión a la organización de los centros, porque el Equipo de Ciclo como tal desaparece y la figura del coordinador de ciclo también. ¿Habrá Comisión de Coordinación Pedagógica? Posiblemente, la organización de los centros quede en manos del propio centro, que tendrá que elaborar sus propios reglamentos, con lo que las diferencias entre unos colegios y otros pueden afectar también a la estructura organizativa. Mi consejo es dejar las cosas como estaban, que estaban bien, y mantener la estructura que ha venido funcionando desde la LODE, más o menos. En tiempos de turbación, no hacer mudanza.
Tres. Hay una asignatura alternativa a la Religión: Valores Sociales y Cívicos. Le dedicaremos una sección aparte.
Cuatro. Hay una serie de asignaturas que quedan a merced de la oferta que quieran hacer las Administraciones autonómicas o, si dejan el asunto muy ambiguo, cada centro educativo. Son: Educación Artística, Segunda Lengua Extranjera, Religión y Valores Sociales y Cívicos. La Educación Artística, lamentablemente, pende de un hilo y, de rebote, la Música. Y se refuerza la Religión, que puede cursarse juntamente con Valores Sociales y Cívicos. Si un centro admite que puedan cursarse ambas, me dirán cómo se organizan, porque habrá alumnos que opten por una o por dos. Un lío.
Cinco. En los objetivos se incluye el espíritu emprendedor. ¿Es que anteriormente buscábamos formar un sujeto apocado y cobarde? La palabra emprendedor tiene unas connotaciones sociales que no me parecen de buen gusto: en la actual situación de crisis, con unas tasas de paro escandalosas, el emprendedor sería el individuo que es capaz de buscarse la vida y de no vivir de la sopa boba del subsidio de desempleo. Más o menos, creo que esos matices resuenan en los oídos de la gente cuando escucha la palabreja. El ministro Wert no ha podido resistirse a la tentación de incluirla en los objetivos de esta etapa y de las siguientes. Pienso que una ley de Educación no es el lugar apropiado para hacer política pequeña, y menos en estos detalles que no conducen a nada. Porque ¿Cómo se evalúa el espíritu emprendedor? ¿Cómo calificamos al niño que no supere los objetivos o los supere por los pelos? ¿Algo así como no emprendedor, que es lo mismo que decir acomodaticio, apocado o cobarde? Creo que esto no hay por donde cogerlo.
Seis. Las pruebas externas se hacen en los cursos 3.º y 6.º. No tienen valor académico. Si se hicieran bien, serían sumamente orientadoras y útiles. En la práctica, condicionarán el desarrollo de la actividad escolar, que se orientará en muchos lugares hacia el adiestramiento para las pruebas, porque los colegios entran ‒esto ya se hace‒ en una calificación pública, donde se los ordena de acuerdo con las pruebas, dándose a entender cuáles son los mejores y cuáles los peores, como en la clasificación de la liga de fútbol.
Cerramos esta sección con un cuadro/resumen de las asignaturas de Educación Primaria y de algunas de las cuestiones que hemos mencionado anteriormente:

EDUCACIÓN PRIMARIA ‒ LOMCE

CURSOS
6 cursos, de 1.º a 6.º
ASIGNATURAS
TRONCALES
ESPECÍFICAS
OTRAS
1. Ciencias de la Naturaleza
2. Ciencias Sociales
3. Lengua castellana y literatura
4. Matemáticas
5. Primera lengua extranjera
1. Educación Física
2. Religión o Valores Sociales y Cívicos (VV. SS. CC.)
3. Una de las siguientes:
3.1. Educación Artística
3.2. Segunda lengua extranjera
3.3. Religión o VV.SS.CC. (o sea, se pueden cursar ambas)
1. Lengua cooficial en algunas CC. AA.
2. Asignaturas de libre configuración autonómica
3. Asignaturas que oferten los centros docentes: asignaturas específicas no cursadas, profundización o refuerzo de asignaturas troncales, áreas a determinar
PROMOCIÓN
No hay ciclos. Se promociona o no se promociona curso a curso. Sólo puede “repetirse” una vez.
PRUEBAS EXTERNAS
En 3.º y en 6.º

viernes, 29 de agosto de 2014

SOBRE LA LOMCE (1)

LA LEY WERT:
LA LOMCE
(1)

Introducción

En unos días comienza el curso 2014/2015. Algunos artículos de la última ley de educación, LOMCE o Ley Wert, entran en vigor. Cumplo con mis lectores el compromiso de darla a conocer y analizarla.
Haré más hincapié en los aspectos referidos a la Educación Primaria. Lo haré a lo largo de varias entradas. Hay muchos aspectos técnicos de educación que nunca se comentan en los medios de comunicación. La financiación y la política de becas tienen que ver con los presupuestos generales y con la política social de los gobiernos de las diferentes administraciones del Estado. Por supuesto, afectan al día a día de la educación, pero no son lo único que afecta al sistema educativo. Como maestro, hago una selección de los contenidos de la ley que más nos afectan y los analizo cuando lo considero oportuno.

Una ley incómoda de leer

De momento, que yo sepa, no hay un texto refundido para leer la LOMCE, que, propiamente no aporta un articulado nuevo. Hay que leerla con la anterior ley de educación, la LOE (2006), al lado, pues hay que ir cotejando artículo a artículo ambos textos.
La LOMCE tiene un único artículo, que dice: «Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se modifica en los siguientes términos».
Efectivamente, la LOMCE respeta rigurosamente el orden del articulado de la LOE, y mantiene, modifica, suprime o amplia cada uno de sus artículos. Para el lector, leer la LOMCE es una tarea farragosa e incómoda. ¿Cuántos hemos cogido el lapicero y unos folios y nos hemos puesto manos a la obra?
De la ley podemos decir de todo menos que sea clara. ¿Ha sido una estrategia para desanimar a la gente? No sé si pensar que el redactor ha sido torpe o hábil. Si ha sido hábil, dudaremos de sus buenas intenciones. Si ha sido torpe, ¿quién le ha permitido redactar una ley de educación? Leed la ley y juzgar por vosotros mismos.
Quien se atreva a leer la LOMCE debe proveerse de los siguientes documentos, que pueden descargarse fácilmente de Internet:
‒Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE: 4 de mayo de 2006).
‒Ley Orgánica 8/2013, de 9 de noviembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE: 10 de diciembre de 2013).
‒Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria (BOE: 1 de marzo de 2014).
Se hace referencia a otros documentos legales, como la LODE de 1985, pero los tres que cito son imprescindibles. Si es preciso, más adelante daremos información del resto del corpus legal.

Un preámbulo ilusorio

Los preámbulos de todas las leyes de educación son ilusorios: la ley en cuestión va a cambiar el mundo de la educación y, por ende, el mundo en su totalidad. La LOMCE en este sentido no se diferencia de las demás.
Sin embargo, el preámbulo de la LOMCE llega a la cumbre de lo ilusorio y, a veces, cae en unas simplezas y una propaganda burdas. Parece que alguien lo ha escrito en una tarde de inspiración, de un tirón, como quien habla con el vecino en la barra de un bar. Se emplean términos ambiguos, nada técnicos. ¿Qué se quiere decir, por ejemplo, con la palabra “talento”? Fulano tiene mucho talento, es muy espabilado, dice la gente en la cola del mercado. ¿Y “espíritu emprendedor”? ¿Y “sentido común”?
Dice el preámbulo: «Detrás de los talentos de las personas están los valores que los vertebran, las actitudes que los impulsan, las competencias que los materializan y los conocimientos que los construyen». La frase está muy bien como comentario catequético, pero adolece que toda técnica. ¿Quién ha escrito esto? ¿Es la educación o la pedagogía una ciencia? Leyendo esto, lo dudo.
Dice el preámbulo: «Como nunca hasta ahora la educación ha tenido la posibilidad de ser un elemento tan determinante de la equidad y del bienestar social». Hombre, Wert, que tú no te has inventado la educación ni eres el primero que considera que la educación es un motor del progreso social y la igualdad de los seres humanos. ¿En qué tiene más posibilidades tu ley que, por ejemplo, la ley de 1970 de Villar Palasí? ¿O que la LODE o la LOGSE? Me parece que sobrevaloras este momento de la historia, tu ley y a ti mismo.
Dice el preámbulo: «Esta reforma del sistema educativo pretende ser gradualista y prudente, basada en el sentido común y sostenible en el tiempo, pues su éxito se medirá en función de la mejora objetiva de los resultados de los alumnos y alumnas. Esta Ley Orgánica es el resultado de un diálogo abierto y sincero, que busca el consenso, enriquecido por las aportaciones de toda la comunidad educativa». ¿Alguien me puede decir cuál es la definición técnica de sentido común? ¿El sentido común de quién? ¿De Wert, que en su vida ha pisado un parvulario o una escuela pública de niños y niñas de Primaria? Es evidente que toda ley se mide por sus resultados, la LOMCE también. Y, en cuanto al diálogo y el consenso, no ha habido una ley con más gente en contra, incluso dentro del Partido Popular. Si algo ha provocado esta ley desde que era un anteproyecto, ha sido división y desencuentros en todas las instituciones y colectivos relacionados con la educación. Me parece que Wert ha escuchado muy poquito a los que le planteaban algo distinto. Esta ley es una imposición desde arriba, eso sí, con mucho sentido común wertiano. Y le auguro, desde “mi sentido común” y mi conocimiento directo de la escuela, un desarrollo conflictivo y una derogación inmediata en cuanto que su partido no tenga mayoría absoluta en el Parlamento. Incluso ganando su partido las elecciones, creo que tiene un futuro corto. Pero eso lo dirá el tiempo.
Concluyo este apartado recomendando la lectura completa del Preámbulo. No tiene desperdicio.

jueves, 29 de mayo de 2014

EL MAESTRO, AGENTE COMERCIAL

EL MAESTRO, AGENTE COMERCIAL

Vaya por delante mi antipatía hacia la ley Wert de educación por muchos motivos. Me propongo hacer un análisis más detallado del texto legal en breve, pero no me queda más remedio que avanzar algunas críticas a propósito de la presente reflexión, en la que me refiero en todo momento a la Educación Primaria. Imagino que todo lo que digo es extrapolable a la Educación Secundaria.
No soy el único que piensa que, detrás de la ley Wert, entre otros intereses, están los de las editoriales. Sin duda, las editoriales españolas que se dedican al libro de texto han bajado su volumen de ventas en los últimos años. ¿Por qué? Por varias razones: los colegios públicos tienen, después de unos años de inversiones, sus propios fondos de libros para prestar; y las familias, en tiempos de crisis, dan menos importancia a “estrenar” libros y se intercambian de modo natural los libros de texto. Fuera de los libros de usar y tirar de Educación Infantil y del Primer Ciclo de Educación Primaria, los libros se están aprovechando de un año para otro como antiguamente, sin tapujos y sin complejos. Los libros de texto, en general, son un dinero que acaba en la basura, porque nadie los colecciona ni los mantiene mucho tiempo en la estantería. Son raras las excepciones.
¿Cómo mantener el negocio? Comprendo que las editoriales son empresas que viven de vender libros, pero, dada la gran tirada que se hace de cada edición de libros de texto, los precios son abusivos. Es normal que la gente, que se aprieta el cinturón en las cosas más básicas, como la alimentación, intente ahorrar en este “artículo” de tinta y papel. Tradicionalmente, las editoriales “cambiaban de método” cada cierto tiempo; en muchos casos, la renovación consistía en un cambio de pastas o en una nueva ordenación del índice temático. Eso suponía nuevas compras. ¿Responsables últimos? Los maestros, que son quienes aprueban los cambios de editorial en los colegios.
El libro de texto es una herramienta muy cómoda que te da resueltos el día siguiente, el trimestre y el curso entero. Pienso que los contenidos de la cultura básica cambian muy poco de un año para otro, no es razonable tanta novedad editorial. Por ejemplo, en geografía: ¿Dejará de pasar el río Tajo por Toledo y de desembocar en Lisboa?; ¿o se intercambiarán los polos del planeta Tierra? Sin duda, acabo de decir un par de simplezas, pero a veces las simplezas reflejan lo que ocurre con más claridad que un circunloquio que pretenda no ofender. El problema del maestro es, fundamentalmente, la didáctica, y esa corre de su cuenta. El equipo editorial que elabora los libros de texto acaba siendo la mente pedagógica, para bien y para mal ‒en absoluta sintonía con el legislador‒, y el maestro es su mano ejecutora. Con todo, hay colegios en los que se acepta cualquier “versión”, antigua o moderna, del libro de una editorial. Se trata de maestros que piensan en la economía de las familias y, sin mucho esfuerzo, planifican sus clases teniendo en cuenta que sus alumnos tienen diferente paginación en los libros. Parece antiguo que en los tiempos de Internet hablemos así de los libros de papel, estoy de acuerdo, pero es la realidad.
La ley Wert es la cobertura legal para tener que cambiar los libros, sí o sí. En Primaria hay varias novedades claras en este sentido: el Conocimiento del Medio se desdobla en Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales y aparece una asignatura nueva alternativa a la Religión, Valores Sociales y Cívicos. Evidentemente, las editoriales son las primeras que se adaptan a los cambios legales, siempre van un paso por delante del magisterio. Se está vendiendo el cambio con un eslogan contundente: A rey muerto, rey puesto. En el curso 2014/2015 la ley entra en vigor en los cursos impares: 1.º, 3.º y 5.º. Los nuevos productos editoriales están ya en el mercado, y los agentes editoriales los están mostrando a marchas forzadas a los maestros.
Los maestros, en estos días, a las puertas de acabar el curso, se encuentran en la tesitura de decidir una nueva editorial o continuar con la anterior. Además hay una “amnistía” con la nueva ley, que permite hacer cambios editoriales sin aguardar los cuatro años de permanencia a que obliga la legislación en esta materia. Vino nuevo en odres nuevos, pero con importantes novedades comerciales. Los libros llegan con una licencia digital que permite al alumno, mediante una clave, acceder al libro digital de la editorial. Hay editoriales que venden esa licencia por un curso escolar, de modo que el libro de papel se puede reutilizar, pero para acceder al libro digital hay que pagar una nueva licencia curso a curso. Ignoro cómo será la calidad de los libros digitales, pero esto me parece una tomadura de pelo y un abuso comercial. Sinceramente, no sé en qué parará este laberinto especulativo, tan contradictorio en la era del software libre.
Oyendo a los comerciales de las editoriales, me siento un agente comercial más. En el fondo, admitir este juego mercantil es colaborar con un planteamiento lucrativo de la educación, que considera la educación un negocio y no un derecho fundamental de la persona. El maestro que entra en esta lógica se convierte en un agente comercial, y, a veces, en comisario político del legislador.
Lo siento, pero soy pesimista. Esta nueva campaña comercial está calando en un maestro “menor de edad”, con complejo de inferioridad, por la inseguridad que siente ante lo cultural y pedagógico, y con pocas ganas de complicarse la vida. En la actualidad, circulan dos falacias muy relacionadas entre sí: la primera es que todo aprendizaje  o conocimiento que no pase, de una forma o de otra, por lo informático es menor; la segunda es que, igualmente, todo aprendizaje o conocimiento que no se exprese en inglés está cojo, dándose por supuesto que el mejor vehículo para el saber es la lengua inglesa, las otras son una herramienta lingüística sucedánea. Ambas falacias se están afincando en el magisterio como verdades sólidas. Este clima es un buen caldo de cultivo para el negocio editorial.
¿Dónde está el niño en todo este entramado comercial? Quizás le estamos condenando a ser un consumidor pasivo de unos productos de baja calidad. Los libros hay que acabarlos como sea ‒si no, pregunten a cualquier maestro a estas alturas de curso (estamos en junio)‒, lo cual es en detrimento de la calma y la experimentación que el niño requiere para aprender. Como hay que acabar el libro y, si no hay fichas y tareas para casa, parece que no se hace nada en clase, se está volviendo a los deberes como un fin en sí mismos. Así que el aprendizaje se vive como un trabajo fatigoso, como un castigo, como algo que cuesta mucho esfuerzo. ¿Dónde queda la alegría de descubrir y de aprender? Funcionamos a base de bandazos, pasamos de la laxitud a los trabajos forzados como del salón a la cocina de la casa, y así nos va.
No perdamos la calma. Como decía Ignacio de Loyola, en tiempos de turbación no hacer mudanza, o no hacer mucha mudanza. ¿Cuánto durará en vigor la ley Wert? Está sujeta al próximo resultado electoral; en 2015 habrá elecciones, y ya veremos. Mientras tanto, hagamos bien nuestro trabajo, y no nos precipitemos ni desgastemos en discusiones puramente coyunturales, seamos prácticos. El complejo de la ignorancia se supera con estudio y trabajo de calidad. En eso no dependemos de nadie, la solución está en nuestras manos.
Carlos Cuadrado Gómez

domingo, 27 de abril de 2014

DÍA DEL LIBRO 2014 * CRÓNICA

LNL
Un montón de amigos nos reunimos en la LIBRERÍA AZORÍN de Leganés el pasado día del libro. Pudimos conversar tranquilamente gracias a la buena acogida de Julián y Meli, que nos permitieron alargar la jornada hasta pasadas las nueve de la noche. También fue un buen momento para conocer a nuevos lectores de La escuela del entretenimiento, libro que -sabemos por referencias- va teniendo una vida propia lejos de su autor y que está sirviendo para reflexionar y debatir sobre la educación en nuestras escuelas. Fue una tarde/noche muy agradable, en la que los libros fueron los protagonistas.
Mi agradecimiento para todos.
Carlos

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lunes, 21 de abril de 2014

DÍA DEL LIBRO 2014 * LA NOCHE DE LOS LIBROS

Este miércoles, 23 de abril de 2014, estaremos en la LIBRERÍA AZORÍN de Leganés (C/ Villaverde, 2), de 18:30 a 20:00 h. Será un buen momento para charlar de libros, de educación, de la actualidad, etc.


LNLLa Noche de los Libros